DERECHOS DEL DONANTE

  • Ser informado previamente por escrito de las exigencias o condiciones médico-legales en vigor y del reconocimiento médico consiguiente.
  • No ser rechazado en su voluntad de donar sangre por motivos distintos a los condicionantes exigidos, pudiendo igualmente por escrito solicitar información da las causas de rechazo.
  • Formar parte de una Asociación de Donantes, siendo informado para eso de su existencia, y disponer de un documento-carnet que acredite su condición.
  • Gozar de una cobertura que cubra los riesgos y accidentes sobrevenidos con motivo de la donación, incluído los desplazamientos, recibiendo compensación por los gastos o daños producidos eventualmente con motivo de la donación.
  • Disponer de puntual información estatística, a través de su Asociación, sobre el uso y destino de su sangre por parte de la Administración técnico-sanitaria, ya que no renuncia a la propiedad de la sangre hasta que de forma total o fraccionada se transfiera al enfermo, con las garantías éticas del más absoluto respeto al carácter de gratuidad.
derechos donante sangre